En el principio era la palabra
 

LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES

    1. Con la nueva ley sobre derechos y libertades de los extranjeros, se han producido en diversas ciudades manifestaciones y encierros reclamando respeto a los derechos de los inmigrantes. Sin embargo, en nuestra sociedad no se ha alcanzado un consenso sobre cómo abordar el problema de la inmigración. Según un sondeo del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), hecho a finales de febrero, el 79 % opina que sólo se debe permitir la entrada en España a los inmigrantes que tengan un contrato de trabajo. Se impone una reflexión sobre todo ello.
    2. La defensa de la dignidad y derechos del hombre es una señal de nuestro tiempo, tan fácil de percibir como el tiempo que se avecina (Mt 16,3), una señal asumida por el Concilio Vaticano II como acción del espíritu de Dios en nuestro mundo. Por tanto, "toda forma de discriminación en los derechos fundamentales de la persona, ya sea social o cultural, por motivos de sexo, raza, color, condición social, lengua o religión, debe ser vencida y eliminada por ser contraria al plan de Dios" (GS 29).
    3. He aquí algunos derechos humanos más importantes: "Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica" (DDH 20,12). "Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses" (DDH 23,4). "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios" (DDH 25,1).
    4. La nueva Ley de Extranjería se supone "de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (I,3,2). Sin embargo, establece (por ejemplo) lo siguiente: "Los extranjeros tendrán el derecho de reunión, conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España" (I,7,1). "Todos los extranjeros tendrán el derecho de asociación, conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España" (I,8). "Los extranjeros tendrán derecho a sindicarse libremente o a afiliarse a una organización profesional, en las mismas condiciones que los trabajadores españoles, que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España" (I,11,1).
    5. Las reacciones críticas han sido numerosas: "Ninguna persona es ilegal", se grita en las manifestaciones. Según el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid, Juan José Solozábal, "se trata de derechos ligados directamente a la dignidad de la persona y por ello, en la medida de lo posible, habría que reconocer estos derechos en términos de sustancial igualdad a todas las personas con independencia de su nacionalidad".
    6. Para José Luis Díez Ripollés, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Málaga, es un grave error político: "La protección de los derechos fundamentales de la persona, sea nacional o extranjera, constituye un objetivo irrenunciable de cualquier ejercicio de la política. Parece incuestionable que la nueva Ley de Extranjería ha privado de una manera no sólo ilegítima, sino además ineficaz, a juzgar por lo visto en las últimas semanas, de una parte sustancial de tales derechos a los inmigrantes ilegales". Este grave error político debe ser subsanado.
    7. Díez Ripollés denuncia serios problemas sociales: "Se están apreciando síntomas muy preocupantes de discriminación entre nacionalidades, aparentemente sólo justificada por prejuicios racistas", en este caso, a favor de Iberoamérica y Europa oriental. Además, no se ha desarrollado "un sistema eficiente de permisos temporales de trabajo que aseguren una estancia regular en nuestro país de trabajadores extranjeros de temporada - y los magrebíes lo son en buena parte -, los cuales volverían con gusto a su país cuando las tareas agrícolas que desempeñan descienden en intensidad si supieran que iban a disponer de la posibilidad de volver legalmente y con mínimas trabas burocráticas la temporada siguiente". Otro problema, la explotación laboral: "Produce un enorme desconcierto observar el guante blanco con el que se trata a empresarios grandes, medianos o pequeños que sólo merecen el calificativo de explotadores, pero cuya aportación a la economía nacional hace que se les tolere casi cualquier cosa".
    8. Al parecer, se está produciendo un inconcebible círculo vicioso: "Como no me dan papeles, soy ilegal. Como soy ilegal, no puedo trabajar legalmente. Como no trabajo legalmente, no me dan papeles".
    9. Según el borrador del Reglamento de la nueva ley, los extranjeros con una oferta de empleo podrán ser regularizados: es decir, acreditando "la incorporación real o potencial al mercado de trabajo". El arraigo es uno de los baremos que se contempla a la hora de regularizar la situación de los extranjeros: la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, la incorporación real o potencial al mercado de trabajo, la anterior residencia regular en España, los vínculos familiares con extranjeros residentes o con españoles, la voluntad de acceder a una situación regular y su integración socio-laboral (Art. 41.2.d). Sin embargo, el Gobierno podrá denegar el permiso de trabajo en 11 supuestos, alguno de los cuales depende de criterios subjetivos: "Cuando concurra alguna otra causa que sea considerada motivo suficiente por la autoridad competente, mediante resolución debidamente motivada" (Art. 74.1).
    10. Según Manuel Pimentel, ex ministro de Trabajo, "la inmigración no es un problema, es un fenómeno", "un síntoma de desarrollo" que se da en todos los países avanzados de Occidente. Además, "la fortísima caída en el número de nacimientos a partir de mediados de los setenta - hemos pasado de ser el país con más natalidad de Europa, a tener la menor del mundo -, determinará un decrecimiento continuado del número de personas jóvenes. Tenemos una de las menores tasas de inmigración de toda Europa, estimándose en unos 600.000 los residentes extranjeros no comunitarios, lo que supone un 1'5 por ciento del total de la población. Si sumamos los residentes comunitarios se elevaría al 2'5 por ciento, una cifra muy alejada al 10 por ciento de Alemania, al 18 de Austria, o al 33 de Luxemburgo".
    11. El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, ha aclarado su discutida posición sobre los derechos de los inmigrantes sin papeles: "Tienen derechos fundamentales que pueden ser modulados por los estados", "yo quiero que sean legalizados todos, los que tienen trabajo y los que tienen opción de trabajo. Sólo se trata de hacer las cosas bien". Por su parte, una mujer del pueblo decía en la frutería: "A mí no me parece mal que vengan. También los nuestros fueron allí". Es lo mismo que recuerda la Biblia: También nosotros fuimos extranjeros (Ex 23,9).
  • Diálogo: ¿Se respetan en nuestra sociedad los derechos de los inmigrantes?